Matrimonio civil o acuerdo unión civil
¿En que consiste?
Permiso con goce de sueldo por matrimonio o acuerdo de unión civil, por cinco días hábiles continuos y a elección del colaborador, los cuales deben ser utilizados para el día del matrimonio o bien en los días inmediatamente anteriores o posteriores a la fecha efectiva de la ceremonia de celebración de matrimonio en el Registro Civil.
El colaborador debe dar aviso preferentemente por escrito a su empleador, con treinta días de anticipación y presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración, el respectivo certificado de matrimonio otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Los contrayentes de un acuerdo de unión civil tienen el mismo derecho.
Requisitos y Documentos
Presentar con 30 días de anticipación la solicitud de permiso con goce de sueldo para matrimonio civil o acuerdo de unión civil; en forma posterior una vez reincorporado a su jornada de trabajo, el colaborador debe presentar el certificado de matrimonio civil o acuerdo de unión civil para acreditar los fines para los cuales fue solicitado el permiso.
Si el colaborador no presenta el certificado de matrimonio o acuerdo de unión civil dentro del plazo informado, los días serán descontados como días de inasistencia.
Descargar aquí el formulario de solicitud de permiso con goce de sueldo.