Seguro obligatorio COVID-19
¿En que consiste?
El seguro individual obligatorio asociado al Covid-19 respecto de aquellos trabajadores que estén realizando labores presenciales o en régimen de trabajo remoto/teletrabajo en modalidad parcial (semipresencial). Dicho seguro deberá contemplar una indemnización en caso de fallecimiento natural por contagio de Covid-19, por un monto de UF180.
Requisitos y Documentos
En cumplimiento a Ley N° 23.342, que establece el “Protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo”, IPCHILE contrato el seguro obligatorio COVID-19 para todos sus colaboradores, el cuál es administrado por Compañía BCI Seguros, y le otorgará la siguiente cobertura:
- Cobertura de salud: para cubrir gastos médicos derivados de las prestaciones médicas por COVID-19, según se indica:
- a.- Afiliados a FONASA (tramos B,C y D, el seguro indemnizará un monto equivalente al 100% del copago por los gastos de hospitalización y rehabilitación realizados en la Red Asistencial Pública.
- b.- Afiliados a ISAPRE, siempre que se atiendan en la Red de Prestadores para la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC).
- En ambos casos, la cobertura asegurada se aplicará respecto de los gastos relacionados con las prestaciones de salud recibidas durante la hospitalización y rehabilitación, derivadas de un diagnóstico confirmado de COVID – 19, siempre y cuando dicho diagnóstico se haya producido dentro del período de vigencia de la póliza (1 de julio de 2021 al 1 de julio de 2022).
- Cobertura de vida: indemnización de 180 UF en caso de fallecimiento del trabajador, cuya causa básica de defunción sea COVID-19
Informamos, además, que BCI Seguros envió un mail a su dirección de correo electrónico registrada en nuestra base de datos, con el certificado de contratación del seguro obligatorio COVID-19. Si a la fecha no ha recibido dicho documento, favor contactarse con Natalia Orozco Valdés, Encargada de Bienestar y Beneficios, al correo natalia.orozco@ipchile.cl .